Pilar Mir de FMSB Abogados y Economistas sobre la Reponsabilidad Patrimonial de la Administración en Radio Calvià

La constitución española establece en su artículo 106.2 que “Los particulares […] tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”.

La abogada socia de Font Mora Sainz de Baranda Abogados y Economistas Pilar Mir dedicó su turno en el consultorio jurídico de Radio Calvià FM a resolver dudas acerca de la RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. En clave práctica se trataron cuáles son los principios que la rigen, cuáles los elementos básicos que deben concurrir para que exista dicha responsabilidad y cómo deben los ciudadanos formular una reclamación para obtener una indemnización de la Administración correspondiente por los daños sufridos en los casos más habituales: caída en la calle debido al mal estado del pavimento en la calle, accidente por deficiente mantenimiento de carreteras, negligencias del personal médico en hospitales públicos, resbalones en piscinas públicas, etc.

 

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