Ancha es Hacienda, artículo de opinión de Jorge Sáinz de Baranda en Mallorcadiario

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

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Parece ser que la cita «ancha es Castilla» tiene su origen en el periodo de la Reconquista, en la que los terrenos de Castilla -antes llamada Vardulia– eran muy amplios, sin apenas montañas de por medio, y en los que las autoridades no se entrometían demasiado en la vida y negocios de los que venían a repoblar estas tierras, sin detenerse a mirar lo que hacían.

Esta expresión se ha utilizado por infinidad de autores, como José Ortega y Gasset en “La rebelión de las masas” (1930), y hoy en día es una frase de índole sarcástico que encierra una censura contra un evidente proceder arbitrario, caracterizado por su falta de ajuste y mesura, y por su mal entendido carácter libérrimo, por no decir acrático.

No sé si han tenido el placer de leer el Informe que ha elaborado la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), que bajo el sugerente título de “Propuestas contra el fraude fiscal y de reforma de las Administraciones Tributarias” -lean bien, es un propósito de reforma, no de enmienda-, recoge unas propuestas dirigidas a sus queridos conciudadanos, en atención a que, según afirman en el prólogo, disfrutan de una «inmersión en la sociedad civil española» en su quehacer diario -lo del escalofrío en mi espalda se debió, sin duda alguna, al frío de estos días-.

Les cuento resumidas algunas de las que allí se contienen, y les emplazo a leerme en futuros artículos, en los que intentaré desgranar sus consecuencias.

1º Proponen la creación de tres nuevas figuras delictivas, tipificando como delito (i) el simple ofrecimiento, por parte de los asesores, de sociedades o servicios relacionados con paraísos fiscales, de los que presumen que, de por sí, van dirigidos a la evasión fiscal; (ii) la comercialización por parte de entidades financieras o de despachos de profesionales de productos financieros que pudieran ser idóneos para el fraude, aunque se desconozca el uso que de los mismos vaya a dar el cliente; y (iii) la tenencia injustificada de bienes o derechos, aun cuando su adquisición esté prescrita -podemos volver, ante la sorna de Europa, a la discusión de la imprescriptibilidad del 720-.

2º Se propone el pago a confidentes -recuerden lo de Roma-, en el caso de denuncia de delitos; y la posibilidad de actuar por parte de la AEAT sin conocimiento del obligado tributario, de incognito y sin identificarse.

3º Proponen volver a rebajar el importe de la deuda tributaria pendiente de pago para ser incluido en la lista de morosos, pasando ahora de 600.000 a 300.000 euros,

4º Se propone que, si la condena por delito fiscal es inferior a dos años pero no se ha satisfecho la deuda tributaria, la suspensión del ingreso en prisión nunca sea posible.

5º Se propone que, para determinar la residencia fiscal en España, se pase de los 183 días actuales a 60 días.

6º Se propone la llamada “muerte fiscal” de determinados contribuyentes con deudas muy elevadas con la Hacienda pública, con pérdida del NIF, el acceso al registro de la propiedad y al mercantil, o el derecho a realizar abonos o cargos bancarios, entre otras cosas.

7º Se propone eliminar la posibilidad de aportación de pruebas que no hayan sido aportadas en el procedimiento inicial ante Hacienda, eso sí, sin hablar de los escasos plazos -10 días- que se dan para aportarlos -el contribuyente, que es muy lento-. Además, señalan expresamente que la doctrina del Tribunal Supremo, actualmente vigente, de permitir la aportación de pruebas en cualquier instancia de revisión hace completamente inútil un procedimiento de revisión.

8º Proponen la obligación de todas las empresas de designar determinados lugares donde se encuentre la información con trascendencia tributaria -los divertidos “tax room”-, que han de ser de libre acceso a la Administración Tributaria. Además, se añade la proposición de que la Administración Tributaria tenga acceso directo al servidor de la empresa para consultas -poco más o menos que un “hacker” autorizado-.

9ª Proponen la necesaria reforma de la normativa de autorización de las entradas en domicilio fiscal, cuyos términos, según afirman literalmente, han quedado muy limitados para la Administración tributaria a raíz de las recientes sentencias del Tribunal Supremo.

Y así, un suma y sigue…

Echo a faltar, ya ven que tontería, alguna referencia a la infinidad de casos que, después de los procedimientos administrativos, terminan perdiendo ante los Tribunales, pero que por el camino han supuesto la “ruina” del contribuyente; la falta de responsabilidad, incluso patrimonial, de quienes se han empecinado en un criterio que luego la justicia, incluida la Europea, «tumba»; o la indefensión que el uso indiscriminado de la “autoritas” genera.

Pues sí, «ancha es Castilla», pero recuerden también que «largo es León», por lo que desde el despacho seguiremos luchando para defender al contribuyente frente a determinadas actuaciones o propuestas. Eso denlo por seguro.

 

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com .   Léelo directamente en mallorcadiario a través de este enlace