Hay que educar a Hacienda… artículo de opinión en Mallorcadiario.com de Jorge Sáinz de Baranda

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

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«Hay que educar a papá» (Pedro Lazaga, 1971) es una película cómica en la que el amigo Severiano (Paco Martínez Soria), agricultor de toda la vida, vende el melonar que tenía cerca de Madrid y con el dinero que gana se adentra en un novedoso mundo de negocios y relaciones, lo que le obliga a intentar adecuarse a los nuevos tiempos y a las también nuevas necesidades de sus hijos, mucho más preparados para esa vida moderna.

Pues lo mismo me ocurrió a mí cuando les pedí a mis hijos Bosco y Mencía que me explicaran a que se dedicaban los influencers, youtubbers, instagramers y demás flora y fauna que pulula por las redes sociales.

Ellos me contaron que su actividad principal es subir videos, fotos y opiniones en la Red, de forma que lo que dicen, hacen o llevan puesto tiene una influencia enorme entre sus seguidores -los followers-, generando una actividad y unos ingresos verdaderamente importantes.

Hacienda, mucho más a la moda que yo, también se adaptó rápidamente a estas nuevas formas de obtención de ingresos y, con la misma celeridad, empezó a emitir diferentes consultas -la V0992-16 y la reciente V0117-19 entre otras-, dirigidas a aclarar como tributan esos ingresos que los influencers obtienen y, lo que es igualmente importante, que gastos pueden deducirse.

Es esencial aclarar que los canales como «You Tube» o «Instagram» no pagan por subir videos o por publicar opiniones, si no que son las grandes marcas las que utilizan a estos «influenciantes» -o «influyentes» como adjetivo- para tratar de captar la atención del público sobre esa camiseta, ese accesorio o esa bebida que, con ellos, se puede convertir rápidamente en algo viral. A cambio, unas veces les entregan productos y en otras les pagan por su actividad.

Pues bien, la DGT lo tiene claro: los influencers deben darse de alta de la actividad y, cuando reciban cualquier tipo de contraprestación -ya sea en especie o en dinero-, deben emitir una factura con IVA y aplicar los ingresos como rendimientos de una actividad económica.

En cuanto a los gastos, será posible la deducción de gastos siempre y cuando sean ocasionados en el ejercicio de la actividad y estén relacionados con la obtención de ingresos.

El problema del «tío Paco y sus rebajas» viene cuando Hacienda va más allá en las Consultas y dice que los gastos ocasionados en el ejercicio de hobbies o aficiones -y por ello entienden la propia realización de los vídeos- no dejan de ser meras “aplicaciones de renta” al consumo y, consecuentemente, no son gastos deducibles, algo con lo que no estoy en nada de acuerdo.

La incongruencia es evidente: se considera como una actividad económica para tener que declarar cualquier ingreso, sea en especie o no, pero los gastos como pueden ser los materiales empleados en la realización de los videos -léase ropa, elementos de reproducción, informáticos, teléfonos, etc.-, que están claramente relacionados con la obtención de los ingresos, esos no son deducibles ya que, según la DGT, la verdadera actividad es la “publicitaria”. Pues ya tenemos la polémica servida.

No tengo claro que la actividad de publicidad o el patrocinio publicitario -si al final Hacienda entiende que la actividad es esa- tenga el tratamiento que pretenden darle, pero es importante que todos aquellos que perciben cualquier rendimiento por el hecho de ser influencers analicen no solo los efectos fiscales si no que, a su vez, analicen igualmente todo lo que se recoge -y cómo- en los contratos y colaboraciones que firman con estas grandes «marcas».

Creo que Hacienda no ha «pillado» -mi hijo ahora estará horrorizado con mis expresiones de «carroza»– que estas actividades, y otras vinculadas con el mundo digital, son el futuro en muchos de nuestros jóvenes, de forma que se tiene que salir de «viejos patrones» y entender el funcionamiento de las mismas, ajustando sus criterios al cumplimiento de la Ley pero con una visión amplia, para evitar que, como empieza a ocurrir, todos ellos terminen con la residencia en países que les den facilidades con tributaciones más beneficiosas.

Aunque para eso, claro, habrá que educar a Hacienda… y a unos cuantos más de Galapagar.

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com

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