¿Por qué Hacienda le llama «Amor» cuando quiere decir «Sexo»? , artículo de opinión de Jorge Sáinz de Baranda en Mallorcadiario

 

 

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

MÁS ARTÍCULOS DEL AUTOR

 

A la vista de tan excitante comienzo, les advierto que no hace falta ser la doctora Ochoa en su programa televisivo para saber quién va a poner la cama en esta historia.

En la película de principios de los 90 titulada «¿Por qué lo llaman Amor cuando quieren decir Sexo?», dirigida por Manuel Gómez Pereira, una genial Verónica Forqué, que trabaja como artista porno en un «peep show», se ve obligada a sustituir a su compañero habitual, enfermo de paperas, por un chico de buena familia -si es que hay alguna mala-, mi tocayo Jorge Sanz, con el que, a pesar de que solo era trabajo, surge el amor, lo que hace que se confundan los papeles y que, por eso, nazcan los líos.

Y es que hoy, en mi reflexión dominical, les hablo de la confusión entre amor y sexo tributario en el anunciado Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas -por el nombre, va a ser sexo con risas, ya me lo veo venir-, un nuevo tributo estatal que, salvo giro de última hora -lean la Posdata post mortem-, se aplicará a partir del próximo enero.

El esquema parece muy básico -como la intención-. Es un nuevo impuesto estatal que recaerá sobre aquellos contribuyentes con un patrimonio neto superior a 3 millones de euros, y con un tipo de gravamen progresivo en función de tramos. Así, habrá un primer tipo del 1,7% para los patrimonios netos entre 3 y 5 millones de euros; un 2,1% para patrimonios entre 5 y 10 millones de euros; y un tipo marginal del 3,5% para patrimonios superiores a 10 millones de euros.

Y dado que en nuestro sistema impositivo tenemos el Impuesto sobre el Patrimonio, que tiene una naturaleza idéntica al nuevo, para intentar evitar la doble imposición los contribuyentes podrán deducirse del impuesto estatal el importe que efectivamente hayan satisfecho en su Comunidad Autónoma.

Además, se plantea como un impuesto temporal -hasta 2024-, aunque, a la vista de que el de Patrimonio nació como un gravamen «extraordinario» y temporal en 1977, y hoy seguimos igual –20 años no es nada, imagínense 45-, podemos darle al nasciturus una esperanza de vida mayor que la de Doña María Branyas, la mujer más longeva hoy en nuestro país con 115 años…

¿Y cuál es la realidad que subyace? Pues que en aquellas Comunidades Autónomas que, vía bonificaciones -Madrid, Galicia o Andalucía entre otras-, se ha eliminado de facto el Impuesto de Patrimonio, sus residentes, a pesar de las medidas adoptadas, tendrán que hacer frente y pagar este nuevo Impuesto sin deducción alguna, lo que supone eliminar en ellas la autonomía fiscal y financiera que les otorgó la Constitución, y en la que se basa el actual sistema de financiación.

Sin entrar en la bondad o maldad del nuevo tributo, y a pesar de que impuestos de esta naturaleza han desaparecido prácticamente de nuestro entorno, lo que no podemos es mirar hacia otro lado y no ver cuál es la verdadera finalidad.

La realidad es que, siendo los tipos estatales actualmente vigentes en Patrimonio idénticos a los que se proponen, aquellos obligados tributarios que en sus Comunidades Autónomas paguen el impuesto se aplicarán una deducción por lo pagado que será igual al nuevo, de forma que pagarán cero euros; mientras que los que residen en Comunidades que han eliminado el Patrimonio -y que lo han hecho haciendo uso de las competencias normativas que les ha dado la misma Administración que ahora los castiga-, serán los que paguen.

Falta por ver si se mantendrán las exenciones por empresa familiar, vivienda habitual o mínimo exento, pero es evidente que los más ricos tirarán de ingeniería fiscal o cambio de residencia… Como también es evidente que nos encontraremos con una larga discusión sobre la constitucionalidad de la creación de un tributo que grava hechos imponibles ya gravados.

Pero la pregunta final es ¿por qué le llaman amor cuando quieren decir sexo? ¿por qué se inventan una figura tributaria travestida de solidaridad, cuando simplemente lo que quieren es castigar a las Haciendas Autonómicas que, ejerciendo sus legítimas competencias, han optado por “eliminar” un impuesto?

Tenemos un sistema tributario y una estructura impositiva basada en la corresponsabilidad fiscal y en la descentralización de competencias, de forma que aquellas Comunidades que quieran bajar los impuestos, deben ser ellas solitas quienes afronten sus gastos, sin que mamá “Administración del Estado” les venga a solventar la papeleta en caso de irresponsabilidad presupuestaria, ¿o es que queremos volver a un Estado centralizado?

En mi modesta opinión, y aunque todavía no nos creamos que debemos caminar hacia un sistema federal, Hacienda Estatal, con un nuevo corazón de bromuro, debe tratar a las Autonómicas como “adultos”, con todas sus consecuencias, salvo que queramos hacer buena la cita de que «quien con infantes pernocta, excrementado alborea» … Y, desde luego, no lo digo por el contribuyente.

PD: recién «horneado» el artículo, me pasan la noticia de que Hacienda querría aprobar ahora «a toda prisa» el nuevo impuesto antes de 31 de diciembre, todo ello para que pueda entrar en vigor en 2022 y cobrar ya. En este caso, ya ni sexo con amor… un «quickie» que dicen los jóvenes.

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com .   Léelo directamente en mallorcadiario a través de este enlace