¿Vehículo adquirido entre 2006 y 2013? Es posible reclamar una indemnización al denominado «Cártel de los coches», por Marga Sansó

 

 

VEHÍCULOS ADQUIRIDOS ENTRE 2006 Y 2013. INDEMNIZACIÓN POR EL CÁRTEL DE COCHES

 

El pasado día 17 de septiembre de 2021, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (Sección 3ª) dictó sentencia desestimatoria del recurso de casación instado por Honda Motor Europe Limited contra la sentencia dictada previamente por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de 19 de diciembre de 2019.

Esta sentencia cierra la vía jurisdiccional a los miembros del conocido como “Cartel de Coches”, que trataban de evitar las sanciones que en el año 2015 les impuso la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia y abre la veda para que casi 10 millones de afectados reclamen la indemnización por lo pagado de más.

 

¿Qué es el cártel de coches?

Se conoce como cártel de coches, cártel de los coches o cártel de los automóviles indistintamente al conjunto integrado por hasta 25 distintos fabricantes de automóviles – dependiendo del momento- que operó en España entre febrero de 2006 y julio de 2013 y cuyos integrantes compartieron en secreto información comercial esencial para fijar los precios de algunos de sus productos, ocasionando un sobreprecio en determinados modelos, el cual se trasladó a los adquirentes de sus productos.

Advertido este comportamiento ilegal de toma de acuerdos para la fijación de precios, en 2015 estas empresas automovilísticas padecieron una fuerte sanción por parte de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia, estimándose entonces que el sobrecoste de precio en los automóviles provocó que cerca de 10 millones de compradores de los vehículos fabricados por los miembros del cártel pagaran entre 2.000 y 9.000 euros de más en cada uno de los productos adquiridos.

 

¿Cuáles son las Marcas afectadas por el cártel de coches?

Antes todo es importante tener en cuenta que no todos los vehículos, ni todos los concesionarios fueron responsables de estos acuerdos ilegítimos, pero sí una gran mayoría. Además, las fechas -de 2006 a 2013- son una referencia, puesto que no todas las marcas participaron todo el tiempo en el cártel y no se les puede reclamar por los años que estuvieron ausentes.

Los fabricantes implicados son los siguientes: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Dacia, Mini, Smart.

 

¿Puedo reclamar y ser indemnizado si he sufrido perjuicio del cártel de los coches?

La cuantía de la indemnización a reclamar dependerá del vehículo y el modelo adquirido y lo será por el sobrecoste concreto con que se determine que fue “inflado” el precio del vehículo. Es por ello que habrá de estudiarse caso a caso la cuantía a reclamar. Se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 12% del precio del vehículo.

Debe tenerse en cuenta, además, que esta situación no solo afectó a conductores de vehículos particulares, sino a compañías de alquiler y renting, así como a taxis o VTC. Todos ellos pueden ser merecedores de indemnización si sufrieron sobrecostes en los coches adquiridos.

 

¿Qué documentación es necesaria para reclamar por el cártel de los vehículos?

Para poder iniciar la reclamación será necesaria la siguiente documentación en una operación de adquisición, renting o l leasing de un vehículo entre 2006 y 2013:

  • Factura de adquisición del vehículo o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • Permiso de circulación del vehículo.

 

Es esencial realizar un estudio pormenorizado de cada caso concreto antes de iniciar cualquier tipo de reclamación. Por ello, si cree que usted puede ser uno de los afectados por el ‘’cártel de los coches’’, le recomendamos que recabe el asesoramiento adecuado y ponga su asunto en manos de profesionales.

 

 

Margalida Sansó

Abogada de FMSB

 


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