Despiden a un trabajador por publicar mofas degradantes de sus jefes. Comentario a cargo de la abogada Margalida Fornaris

 

DESPIDO DISCIPLINARIO POR PUBLICAR MEMES DEGRADANTES DE SUS JEFES

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha desestimado en una reciente sentencia del pasado 20 de abril (descárgala en pdf aquí) el recurso interpuesto por un trabajador y ha ratificado el despido como procedente, que fue echado de la empresa tras publicar en su estado de whatsApp, entre los meses de mayo y junio de 2021, diversos vídeos, memes y fotografías de la directora de recursos humanos -y expareja del administrador de la compañía- así como de su hijo.

Entre las razones, el fallo considera que la conducta del trabajador supone “una serie de incumplimientos contractuales de carácter grave y culpable y de entidad suficiente como para justificar el despido disciplinario”, entendiendo que se ha producido una falta de respeto a sus superiores.

Los vídeos, memes, publicaciones y fotogramas eran claramente ofensivos, habiendo hecho uso de su imagen para editar vídeos y memes de contenido degradante para los mismos, que implican un claro desprestigio tanto personal como profesional. La sanción de despido ha de ser objeto de interpretación restrictiva y se debe adoptar valorando las circunstancias concurrentes en cada caso, especialmente la existencia de gravedad y culpabilidad en las faltas imputadas.

Además, de la prueba practicada en autos ha resultado acreditado que era una tema constante de conversación entre los demás compañeros de la empresa, que también visualizaron los estados, hecho que actúa como un agravante de la situación, además de que en dichos memes se hacían alusiones a la indigencia, el alcoholismo o la toxicomanía, en que se tacha de mentirosos a los destinatarios en claro escarnio a los mismos.

Por todo ello el TSJ ha desestimado el recurso interpuesto por el trabajador despedido, al entender que su conducta supone en todo caso una serie de incumplimientos contractuales de carácter grave y culpable y de entidad suficiente como para justificar el despido disciplinario.

 

Margalida Fornaris

Abogada de FMSB


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