La muerte «civil» en vida de Hacienda, artículo de opinión de Jorge Sáinz de Baranda en Mallorcadiario

 

Por Jorge Sáinz de Baranda

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Antonio Machado, en su libro «Juan de Mairena (Sentencias, donaires, apuntes y recuerdos de un profesor apócrifo)», recogía en boca del ficticio cátedro de retórica la frase ya pronunciada siglos atrás por Epicuro: «la muerte es algo que no debemos temer, porque mientras somos, la muerte no es; y cuando la muerte es, nosotros no somos».

Con esta reflexión, Epicuro se adentraba filosóficamente en uno de los temas más recurrentes y «tabú» para todos, queriendo expresar que, en la práctica y dejando fuera las creencias religiosas de cada uno, nunca vamos a experimentar la muerte, pues si al morir dejamos de existir, en ese momento ya no podremos ser conscientes de que hemos muerto.

Aun así, el profesor Mairena, aquí más agudo que el griego, remataba diciendo que, aunque con este pensamiento intentábamos saltarnos la muerte con helénica agilidad, «eso de saltarse la muerte a la torera no es tan fácil como parece, ni aun con la ayuda de Epicuro, porque en todo salto propiamente dicho la muerte salta con nosotros. Y esto lo saben los toreros mejor que nadie».

Y miren Uds. por donde que Hacienda ha resultado ser más de Mairena -no sean malos, de Juan, no de Carmen- que de Epicuro, y así lo plasman en el documento publicado hace pocos días por la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, que incluye algunas propuestas contra el fraude fiscal y de reforma de las administraciones tributarias en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Lo que se propone en ese documento es que aquellas personas que no comparezcan de forma reiterada ante la Inspección -a pesar de haber sido notificadas-, los testaferros, las personas que figuren en una trama organizada de defraudación, las personas sancionadas por infracciones que superen un mínimo y, ojo con esto, las declaradas responsables solidarias en los procedimientos tributarios de otras personas o entidades cuya deuda no haya sido ingresada, sean declarados “muertos civilmente”.

No sé si saben que la muerte civil, como condena, aparece en la Antigua Grecia y en Roma; y, consecuencia de ella, las personas condenadas se quedaban sin ninguna protección por parte del Estado y no podían adquirir derechos ni obligaciones.

La situación era de tal trascendencia que, como consecuencia de esa muerte civil, si el afectado era casado, el vínculo se disolvía y el cónyuge, “viudo civil”, podía alegremente casarse de nuevo y, además, se habría la sucesión del condenado, transmitiéndose sus bienes por herencia como si se hubiera muerto efectivamente.

En España, hasta la promulgación del Código Civil, la ley preveía que podía producirse la incapacidad de derecho de aquellas personas que habían hecho votos como religiosos profesos, y también de aquellos condenados a cadena perpetua o deportación.

Y ahora que todas las legislaciones el mundo han suprimido la muerte civil, desde la parca Asociación -o asociación de la Parca, que tanto monta…-, se aboga de nuevo por rehabilitarla para que, desde ese momento, determinados contribuyentes «no puedan operar en el sentido económico».

Las graves consecuencias que solicitan que se impongan son, entre otras, que aquellos declarados “muertos civilmente” pierdan la posibilidad de expedir facturas y de contratar con la Administración, que no puedan obtener subvenciones o ayudas públicas, que no puedan disponer de una operativa financiera, que no puedan aplicarse beneficios fiscales, y que sufran el cierre total de los Registros Públicos -excepto el Civil-, así como la imposibilidad de realizar escrituras notariales de contenido económico, salvo, como no, aquellas dirigidas a la cancelación de sus deudas fiscales.

Además, en ese documento, plantean la inclusión en el llamado “censo de morosos” de todos aquellos que deban más de 300.000 euros a la Hacienda Pública -ahora el límite está en 600.000 euros tras la aprobación de la ley de lucha contra el fraude- ya que, a su juicio, «el impacto social de las deudas impagadas no viene por un puñado de grandes deudas, sino por millones de deudas de elevada, mediana y pequeña cuantía», solicitando que la inclusión en el censo conlleve, además del escarnio público, consecuencias como la revocación del NIF o la inhabilitación de administradores de personas jurídicas deudoras.

Decía el emperador Marco Aurelio, una de las figuras más representativas de la filosofía estoica, que “morir no es otra cosa que cambiar de residencia”, y creo que nunca previó lo tan acertada que podía estar su frase en la España del siglo XXI. Tiempo al tiempo.

PD: Había acabado este artículo cuando nos dieron la noticia del asesinato de Cristina, la sobrina de un estimado compañero, desgraciadamente una muerte real y no civil. Mi más sincero pésame para la familia, y en especial a mi compañero Manuel Calvé, y la mayor de las repulsas por lo sucedido.

 

 


Artículo original publicado en el diario digital mallorcadiario.com .   Léelo directamente en mallorcadiario a través de este enlace